CONDICIONES DE CONTRATACIÓN

Condiciones Generales de

Prestación de Servicios Profesionales   (Spanish)

I.- Objeto.

El objeto es la prestación de servicios profesionales por MIGUEL ROCES GONZALEZ, con  NIF 09417397R, (en adelante “ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS “ o el “Despacho”) de asesoramiento jurídico e intervención profesional en defensa de los intereses de una persona o entidad ( “el Cliente”), intervención que queda establecida, con carácter general, con la pertinente Propuesta de Servicios y Honorarios Profesionales (“Propuesta”) separada cada vez que  se acepta prestar servicios al Cliente en un encargo profesional (“Encargo”), en la que se determinan los honorarios correspondientes.

En el presente documento se detallan las Condiciones Generales (“Condiciones”), que complementan toda Propuesta, por las que se regirá la prestación de nuestros servicios profesionales.

A salvo de cualquier modificación que se pudiera adoptar de acuerdo con el Cliente consignada en la Propuesta, las presentes Condiciones constituyen parte integrante del acuerdo sobre nuestras relaciones profesionales.

Se insiste por tanto en que sean leídas, quedando a su disposición para aclarar de inmediato cualquier duda que pudiesen suscitar.

 

II.-Relación profesional.

Todo Encargo a  ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS, se  verificará por el profesional al que corresponda, de los profesionales cualificados que ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS tenga en plantilla en ese momento, o incluso a través de otros profesionales independientes con los que trabaja ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS por razón de la materia o tipo de procedimiento, previa aceptación del cliente, que en este caso que se entenderá realizada, si asignado un profesional, no manifiesta su oposición expresa escrita en contrario en el plazo de 7 días.

Ello sin perjuicio de la coordinación de todos los asuntos por ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS.

 

III.-Servicios profesionales.

ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS presta exclusivamente servicios profesionales de asesoramiento jurídico y su única intervención en las actividades de sus clientes, económicas o de otra naturaleza, consistirá en el asesoramiento jurídico general.

Los servicios se prestarán en beneficio exclusivo del Cliente, que se obliga a prestar cuanta colaboración sea precisa para el cumplimiento del Encargo y a la aportación de cuanta documentación sea requerida para su adecuada defensa.

ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS se obliga a realizar una defensa en juicio con el mayor nivel de calidad y diligencia posible atendidas las circunstancias del caso y los medios con que cuente. En ningún caso se garantiza un resultado.

El profesional actuará con criterios de independencia no estando obligado a seguir las instrucciones del cliente que puedan afectar a sus criterios profesionales.

ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS sólo asesora en Derecho español o comunitario. Cualquier mención a ordenamientos extranjeros no puede considerarse una opinión legal proporcionada por ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS.

 

IV.-Profesional responsable.

Con carácter general, la prestación de los servicios se llevará a cabo mediante la asignación de un profesional, de cuya identidad será informado el cliente, y que tendrá encomendada la responsabilidad principal de asegurar la adecuada y eficaz prestación de los servicios de asesoramiento que fueran en cada momento solicitados.

 

V.-Honorarios y gastos.

El coste de los servicios prestados por ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS incluye honorarios, en los que no debe entenderse incluido ni el Impuesto sobre el Valor Añadido, ni otro impuesto de naturaleza semejante, tasas, ni otros posibles gastos o suplidos que puedan originarse, en los términos que más adelante se expondrán, ni tampoco el de aquellos terceros que  el cliente decida contratar ( Procuradores, peritos, etc).

Salvo que expresamente se acuerde otra cosa, y sin perjuicio de las Condiciones que se exponen en los párrafos siguientes, los honorarios profesionales de ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS se determinan en función de la complejidad del Encargo, su cuantía, su trascendencia económica y la responsabilidad asumida; y la dedicación que suponga para el  profesional/es intervinientes. Adicionalmente, ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS podrá tener en cuenta otros factores como el particular valor añadido para el Cliente o la urgencia en la ejecución del Encargo que pueda requerir el trabajo nocturno y/o la ejecución en días festivos.

Los honorarios de las actuaciones procesales podrán calcularse con arreglo a los criterios orientativos aprobados por el Colegio Profesional correspondiente, a menos que se haya convenido otro criterio en la Propuesta.

El Cliente se obliga a reembolsar a ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS todos los gastos y suplidos incurridos en la ejecución de su Encargo, que una vez realizados serán debidamente justificados y facturados independientemente, salvo que se haya adoptado otro acuerdo que conste de modo expreso en la Propuesta formulada.

En el caso de que se aprecie la necesidad/conveniencia de un gasto o suplido extraordinario, nos abstendremos de incurrir en el mismo hasta que sea autorizado y solicitaremos la correspondiente provisión de fondos para atenderlo.

En el caso de servicios jurídicos o gastos incurridos en otros países, además de los mencionados gastos, también se facturará, en su caso, el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo similar que pudiera ser exigible, de acuerdo con la normativa del país de que se trate.

 

VI.-Provisiones de fondos, facturación y costas.

ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS podrá pedir, salvo acuerdo expreso en contrario, una provisión de fondos antes de comenzar la prestación del servicio, sin perjuicio del importe final que en su día corresponda facturar por los trabajos efectuados.

Todos los pagos deberán efectuarse en el plazo máximo de 15 días y, como regla general, por conducto bancario a menos que, a requerimiento del Cliente, se conviniese expresamente otro medio de pago.

Si la provisión de fondos o la factura no fueran pagadas dentro del plazo requerido, una vez vencido el máximo establecido, se devengarán intereses desde el día en que finalice dicho plazo, en la cuantía establecida en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre. Si fuera preciso realizar un requerimiento de pago posterior a la factura por impago de esta, deberán abonarse también los costes de cobro, que en ningún caso serán inferiores al 5% del importe de la factura.

La condena en costas a la parte contraria no libera en ningún caso al cliente de su obligación de pago de los honorarios y gastos en que haya incurrido ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS, sin perjuicio de su obligación de requerirlas al contrario a favor del cliente.

 

VII.-Suspensión o finalización de los servicios.

Si alguna provisión de fondos o factura no fuera pagada en el tiempo establecido, o existiera cualquier otra razón que ajena a la voluntad de ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS, y a su juicio, impida o dificulte la continuación de la defensa en el plazo establecido, ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS tendrá el derecho de suspender, y en su caso cesar en todos los servicios previa notificación al Cliente con 8 días de antelación al cese. ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS no responderá de los daños y perjuicios que ello pueda ocasionar.

 

Ello sin perjuicio del derecho al percibo de las cantidades correspondientes a sus servicios profesionales hasta la fecha.

 

VIII.-Blanqueo de capitales.

El Cliente se obliga a colaborar en el cumplimiento de la legislación sobre blanqueo de capitales y a proporcionar a ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS toda la información relevante con arreglo a la misma.

 

IX.-Conflictos.

Sin perjuicio en todo caso de la obligación de confidencialidad con nuestros clientes a la que estamos sujetos, queda entendido que podemos actuar, sin necesidad de recabar su consentimiento, para otras personas o entidades cuyos intereses sean contrarios a los del Cliente o a los de sus empresas asociadas, en aquellos asuntos que no estén directamente relacionados con la contratación de nuestros servicios. Estos intereses contrarios pueden darse en asuntos judiciales, asesorando sobre la normativa aplicable, en asesoramiento sobre operaciones o en cualesquiera otros asuntos en los que pudiéramos intervenir, con independencia de su naturaleza o de la relevancia o trascendencia del asunto encomendado.

No obstante, nos comprometemos a no actuar en ningún caso en situaciones de conflicto de interés, en el supuesto de que en la prestación previa de nuestros servicios profesionales, hayamos obtenido información sensible, privada o confidencial que no sea de dominio público y que pudiera ser utilizada en contra de nuestros clientes o en contra de sus empresas asociadas en un asunto para el que otro Cliente nos hubiera contratado, salvo que intervengan en el referido asunto otros profesionales que en modo alguno hayan tenido acceso a dicha información.

Asimismo, queda entendida y aceptada la circunstancia de que podamos obtener o disponer de información confidencial de otros clientes que pudiera ser de su interés, pero que en modo alguno podremos revelar ni compartir con ustedes.

 

X.-Conflictos con entidades o personas asociadas o vinculadas.

En la contratación de los servicios, el Cliente es únicamente la entidad designada en la correspondiente Propuesta, con exclusión de sus empresas o personas asociadas o vinculadas (accionistas, matrices, filiales, miembros del Consejo de Administración, directivos, empresas asociadas de cualesquiera entidades, miembros de asociaciones empresariales o socios en sociedades civiles o joint ventures). Por ello, y a los efectos de la gestión del posible conflicto de intereses, nos veremos en plena libertad para representar a otro Cliente que pudiera tener intereses contrarios a los de las entidades filiales y asociadas de ustedes sin necesidad de contar con el consentimiento de ustedes o el de las citadas entidades. A fin de mantener los datos aportados al día, rogamos que se nos informe en caso de que la entidad designada en la presente como Cliente cambie de denominación social o modifique cualquier circunstancia que fuera relevante en su relación con ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS

 

XI.-Responsabilidad.

El despacho tiene suscrito un seguro de responsabilidad civil que cubre, con ciertas limitaciones, el riesgo de que se produzcan daños o perjuicios al Cliente por una actuación profesional deficiente.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo siguiente, las partes acuerdan limitar la responsabilidad de ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS y de los  Profesionales y Empleados que por cuenta de la misma hayan intervenido en el asunto a un máximo del doble de los honorarios profesionales abonados por el mismo Cliente por razón del asunto correspondiente durante los doce meses inmediatamente anteriores a la reclamación, o en su caso al doble del importe de los presupuestados en concreto por dicho asunto objeto de reclamación, y que hayan sido devengados a dicha fecha.

Se acuerda expresamente que sólo será exigible la responsabilidad por negligencias profesionales graves e incontestables.

Salvo que expresamente se acuerde otra cosa, los servicios profesionales de ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS deben entenderse contratados para uso exclusivo del Cliente en el Encargo encomendado y con la finalidad acordada.

No podrá exigirse responsabilidad por cualquier uso de tales servicios por terceros o por otros usos no autorizados expresamente por el despacho.

Tampoco tendrá responsabilidad alguna ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS por el trabajo de otros profesionales que el cliente haya de contratar o sean recomendables para la defensa del asunto, tales como Procuradores, peritos, etc

Cualquier reclamación de responsabilidad de ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS, Profesionales y Empleados, cualquiera que sea su naturaleza, deberá presentarse en el plazo preclusivo de un año, entendiéndose que el Cliente renuncia a la acción de responsabilidad en caso de no hacerlo en dicho plazo.

Si el daño o perjuicio fuere causado por la actuación profesional de despachos asociados o de terceros contratados por aquél en nombre o por cuenta del Cliente con conocimiento y aprobación expresa o tácita del mismo, éste se obliga a aceptar las cláusulas de limitación de responsabilidad establecidas por dichos profesionales asociados.

No podrá reclamarse a ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS ni a sus Profesionales y Empleados responsabilidad alguna por actos u omisiones de las mencionadas personas.

 

XII.-Correo electrónico.

Los documentos que  se les envíe por correo electrónico, contengan o no información confidencial, no estarán encriptados.  Nos esforzamos, en la medida de lo posible, por proteger nuestros correos electrónicos y documentos adjuntos frente a todo virus o defecto que pueda afectar a ordenadores o sistemas informáticos. Sin embargo, compete a ustedes implantar medidas de seguridad destinadas a proteger sus ordenadores y sistemas informáticos frente a virus o defectos, sin que, por tanto, aceptemos responsabilidad alguna por cualesquiera pérdidas o daños que pudieran derivarse de la recepción o uso de las comunicaciones electrónicas que les enviemos.

 

XIII.-Finalización de nuestros servicios.

Queda entendido que podrán ustedes poner fin en cualquier momento a la prestación de nuestros servicios con la mera notificación por escrito, ello sin perjuicio de su obligación de hacer frente al pago de los servicios prestados y gastos incurridos con anterioridad a dicha terminación o relacionados con un ordenado traspaso de sus asuntos.

Con carácter general, nuestra relación Profesional-Cliente se considerará concluida cuando se hayan prestado en su totalidad los servicios específicos que nos hubieran encomendado o, si se trata de servicios de duración no definida, cuando hayan transcurrido más de seis meses desde la última vez que se nos hubiera solicitado algún servicio profesional minutable y se haya prestado. Si posteriormente se nos encomendaran servicios adicionales, se reanudará la relación Profesional-Cliente de acuerdo con las presentes Condiciones y las que se especifiquen en la correspondiente Propuesta.

El hecho de que les informemos esporádicamente de novedades normativas o jurisprudenciales que pudieran ser de su interés, sea a través de alertas o boletines informativos o de cualquier otro modo, no constituirá reanudación de la relación Profesional-Cliente. En cualquier caso, no quedaremos obligados a informarles de dichas novedades a menos que se nos haga el correspondiente Encargo por escrito.

 

XIV.-Documentación.

Con carácter general, el Cliente no entregará documentos originales a ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS si ello no resulta imprescindible y no media petición expresa. En el momento de finalizar la prestación de nuestros servicios profesionales, y si así lo solicitan, les será devuelta con la mayor brevedad posible toda la documentación que nos hayan facilitado, poniendo a su disposición copias de los documentos redactados y que no obraran ya en su poder, considerándose que los borradores y documentos de trabajo son, en todo caso, de nuestra propiedad.

El Cliente autoriza irrevocablemente a ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS a conservar copia de los documentos entregados, incluso tras la terminación de la relación contractual, durante un plazo de diez años. No obstante, una vez concluida la prestación de los servicios profesionales, ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS se reserva el derecho a destruir en cualquier momento las copias de los documentos que aún conservemos en nuestro poder, salvo que se establezca lo contrario en la normativa deontológica aplicable.

 

XV.-Protección de datos.

El Cliente queda informado y expresamente consiente la incorporación de sus datos personales a los ficheros de titularidad de D. MIGUEL ROCES GONZALEZ o de ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS, así como el tratamiento de los mismos para las finalidades operativas e informativas que se derivan de la relación Profesional-Cliente y otras relacionadas. Asimismo, el Cliente acepta el envío de comunicaciones informativas

El Cliente goza de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos de carácter personal, en los términos establecidos en la normativa vigente. Para el ejercicio de estos derechos deberá dirigirse comunicación escrita a la dirección que figura en el encabezamiento.

ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS velará en todo momento para que los datos personales mencionados sean exactos, completos y actualizados, no se usen para finalidades distintas de las vinculadas a la relación Profesional-Cliente y se mantengan en la más estricta confidencialidad, en los términos previstos en el apartado siguiente.

 

XVI.-Confidencialidad y publicidad.

ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS está obligado a respetar la confidencialidad de la información obtenida del Cliente y del contenido de las actuaciones realizadas, y se compromete a no desvelar tal información a terceros salvo cuando sea necesario para dar cumplimiento a una norma (legal o reglamentaria) o a un requerimiento administrativo o judicial.

No obstante lo mencionado en los párrafos anteriores, ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS podrá mencionar tanto el nombre del Cliente como el tipo de asunto y su cuantía en presentaciones y actuaciones comerciales una vez concluido el asunto, siempre que:

 

i. Que no se trate de datos de carácter personal o confidencial del cliente; y

ii. Que el Cliente no lo haya prohibido expresamente.

 

El Cliente utilizará sólo para sí los documentos e informaciones en que se plasme el asesoramiento de ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS, excepto aquellos que tengan como destinatarios o hayan de suscribirse con terceros.

 

XVII.-Idioma.

Estas cláusulas generales están también disponibles en inglés. En caso de discrepancia de la versión no española con respecto a la española prevalecerá ésta.

 

XVIII.-Ley y jurisdicción aplicables.

La relación jurídica entre ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS y sus clientes estará sujeta al Derecho español aplicable frente al Derecho extranjero.

Las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, acuerdan someterse a los Juzgados y Tribunales de Oviedo para la resolución de cualquier conflicto, disputa y/o litigio que pudiera surgir en relación con el presente mandato.

 

XIX.-Acuerdo.

Las presentes Condiciones quedarán incorporadas a cualesquiera acuerdos específicos y formarán parte de cada Propuesta. Excepto por los asuntos pendientes, tales Condiciones sustituyen cualesquiera compromisos o pactos que puedan existir suscritos con anterioridad y prevalecerán sobre cualesquiera otras condiciones contrarias o alternativas, ya procedan de ustedes o de un tercero.

Toda modificación de las Condiciones deberá realizarse por escrito en la Propuesta y ser firmada por el titular del despacho ROCES & ASOCIADOS ABOGADOS

 

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